

El Congreso de la Nación eliminó ayer el trámite "fe de vida" que deben presentar jubilados y pensionados para demostrar su subsistencia y así poder cobrar sus haberes mensuales, por lo que ya no es más necesario.
La iniciativa había sido aprobado en el Senado nacional y ayer la Cámara de Diputados la convirtió en ley con la aprobación de 170 votos positivos contra 3 negativos, en un paquete de leyes que se sancionaron a libro cerrado.
En este caso, la normativa estable que “queda sin efecto toda demostración de subsistencia a cargo del beneficiario o beneficiaria como condición para el cobro de sus haberes y demás beneficios previsionales”.
Y agrega: “en ningún caso podrán requerirse trámites adicionales a cargo del beneficiario y/o apoderado de la prestación” jubilatoria “más allá de las verificaciones realizadas al momento del cobro presencial que eventualmente se realice”.
De este modo, los jubilados y pensionados del Sistema Integrado Previsional Argentino y de Pensiones No Contributivas (SIPA), ya no deberán presentar su fe de vida; se trata de un universo de más de 3,2 millones de beneficiarios que no tendrán que acudir todos los meses a la Anses para realizar el trámite.
En cambio, la información respectiva será recolectada a partir de una serie de acuerdos entre el Estado nacional y entidades bancarias, principalmente del sector público. En concreto, los bancos certificarán que los beneficiarios se encuentren con vida a partir de hacer compras con la tarjeta de débito o crédito asociada a la cuenta bancaria, poner la huella digital en los tótems ubicados en las entidades bancarias, accediendo a una terminal de autoconsulta biométrica de ANSES o desde las aplicaciones móviles de las entidades bancarias o desde las páginas web, entre otras formas.
La llamada “fe de vida” es un trámite obligatorio por el cual los jubilados y pensionados certifican ante la Anses que se encuentran con vida. En caso de no cumplir con el plazo establecido, el banco bloqueaba el pago del haber jubilatorio.